PRINCIPALES NOVEDADES DEL PROYECTO DE NUEVA LEY CONCURSAL

Una de las principales novedades del Proyecto de nueva Ley Concursal, actualmente en vía parlamentaria y con previsión de entrada en vigor antes del próximo 30 de junio, se encuentra en la regulación de lo que veníamos denominando concurso exprés, previsto para aquellas empresas que, con escaso activo, optaban a esta fórmula en la que se declaraba y concluía el concurso en unidad de acto.
 
La reforma prevé un sistema más abierto al control de los acreedores, puesto que aquéllos que representen al menos el 5% del pasivo, porcentaje no muy elevado, podrán solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que, en su caso, verifique si existen indicios de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa rescindibles, existe la posibilidad de ejercitar acciones sociales de responsabilidad contra los administradores o de algún modo, se puede considerar que el concurso pueda llegar a calificarse de culpable. Algo que antes no estaba previsto.
 
Por ello, pese a la moratoria concursal, se están presentado numerosos concursos exprés antes de la entrada en vigor.

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